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Derecho laboral en España

El derecho laboral en España es conocida por proporcionar una protección más amplia a los empleados en términos de seguridad social, de ingresos y laboral que varios otros países extranjeros. En consecuencia, el cumplimiento de la normativa puede suponer un reto para los empresarios.

¿Está planeando expandir su negocio a España y quiere familiarizarse con la derecho laboral española? Aquí encontrará un resumen de las normativas esenciales que afectan a las condiciones de empleo y a la seguridad social.

Para simplificarle las cosas, hemos recopilado en un solo documento toda la información necesaria relacionada con las condiciones laborales, la seguridad social, los contratos, los periodos de prueba/aviso y los despidos. Rellene el formulario y se lo enviaremos rápidamente.

 

España

Condiciones laborales

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Salario mínimo

El salario mínimo legal tiene en cuenta el sistema basado en 14 pagas. El salario mínimo (bruto) en España para 2023 es:

  • Salario mínimo mensual: 1.080,00 euros brutos (pagados en 14 pagas)
  • Salario mínimo anual: EUR 15.120,00 brutos

Los Convenios Colectivos en España también pueden regular el salario mínimo que debe considerarse para los diferentes grupos profesionales y categorías de trabajadores.

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Pagos adicionales

Históricamente, el salario en España se paga en 14 plazos – 12 mensualidades más dos pagos adicionales que tienen lugar en julio y diciembre. Sin embargo, esto puede variar según las empresas y los convenios colectivos. El salario también puede pagarse en 12 mensualidades, por lo que el salario anual se dividirá en 12 plazos y el empleado recibirá el mismo salario cada mes.

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Horas de trabajo y tiempos de descanso

La jornada laboral semanal máxima en España está fijada en 40 horas. El máximo es de 8 horas diarias. Sin embargo, muchas empresas españolas no trabajan los viernes por la tarde, por lo que de lunes a jueves se trabaja 8,30 horas.

En general, el periodo de descanso establecido entre el fin y el comienzo de la jornada laboral debe ser de 12 horas.

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Licencia por enfermedad

En España, los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho al subsidio de enfermedad si han cotizado a la Seguridad Social durante al menos 180 días en los cinco años anteriores a la enfermedad. Una vez que un empleado es considerado enfermo por un profesional sanitario del sistema público de salud, el periodo máximo para percibir el subsidio por enfermedad es de 1 año, que puede ampliarse a 6 meses. La cobertura del subsidio de enfermedad está sujeta a diversas condiciones (solicite el documento con el resumen completo).

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Vacaciones anuales

En España el mínimo es de 22 días laborables o 30 días naturales al año de vacaciones anuales retribuidas. Nuestro Convenio Colectivo establece un mínimo de 23 días laborables. Sin embargo, las empresas siempre pueden aumentar esos días.

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Permisos retribuidos

Nuestro Convenio Colectivo establece que los trabajadores, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por -entre otros- los siguientes motivos:

  • 15 días en caso de matrimonio.
  • 2 días en caso de nacimiento de hijo, fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • 4 días en caso de fallecimiento del cónyuge, de los padres o de los hijos.
  • 1 día por traslado de la residencia habitual

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Seguridad Social

El Sistema Nacional de la Seguridad Social español permite el acceso a:

  • Asistencia médica
  • Baja por enfermedad, paternidad/maternidad
  • Incapacidad laboral
  • Desempleo
  • Pensión pública

La Seguridad Social en España incluye las cotizaciones de empresarios y trabajadores. Las cotizaciones son los porcentajes de salario que se entregan a la Tesorería General de la Seguridad Social. El empresario cotiza aproximadamente un 31,95% (puede variar en función del lugar de trabajo y del tipo de contrato), los trabajadores cotizarán alrededor de un 6,35% en un contrato indefinido y alrededor de un 6,40% en un contrato temporal.

Además de las cotizaciones que la empresa realiza directamente a la Seguridad Social, existen cantidades obligatorias que deben abonarse a las Mutuas

(«Mutuas»). Estas Mutuas dan cobertura a las bajas de larga duración, así como a las bajas derivadas de accidentes de trabajo / enfermedades profesionales.

Seguro de enfermedad

Los trabajadores tienen que solicitar la asistencia sanitaria en uno de los numerosos «Centros de atención e información de la Seguridad Social» y el «Instituto Nacional de la Seguridad Social

(INSS)» confirmará su elegibilidad. Este derecho dependerá en su mayor parte de las cotizaciones personales al sistema de la Seguridad Social; también podrán aplicarse otros factores en función del tipo de baja. Los trabajadores tendrán acceso a la asistencia médica en el centro de salud de su lugar de residencia. La cobertura sanitaria estatal incluye

  • Atención médica primaria: acceso a los centros de salud y hospitales públicos.
  • Urgencias: acceso a la atención de urgencia en todo el territorio
  • Rehabilitación

Quedan excluidos de esta cobertura la atención odontológica y oftalmológica. El sistema sanitario público en España es de alta calidad. Además, las empresas en España pueden ofrecer a sus empleados un Seguro Médico Privado como prestación o dentro del Plan de Retribución Flexible.

Pensión de jubilación

En España, la pensión de jubilación depende de la edad de la persona y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, siendo:

  • 67 años o
  • 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses cotizados.

El sistema público de pensiones en España funciona con las cotizaciones que las empresas y los trabajadores realizan a la Seguridad Social.

Seguro de desempleo

Los trabajadores por cuenta ajena en España tienen derecho a un seguro de desempleo, comúnmente conocido como «el paro». Los requisitos son:

  • Haber sido despedido o haber finalizado un contrato de trabajo temporal;
  • Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años antes de quedar desempleado;
  • Estar «legalmente» desempleado, lo que requiere estar debidamente inscrito en el servicio público de empleo y estar dispuesto a aceptar un trabajo adecuado.

Permiso de maternidad

En España el permiso de maternidad es de hasta 16 semanas. De estas 16 semanas, 6 son obligatorias y deben tomarse nada más nacer el bebé y las otras 10 son voluntarias y pueden tomarse en periodos semanales acumulados o separados antes de que el bebé cumpla un año. Este tiempo se incrementará en caso de parto múltiple, bebés nacidos prematuramente, etc.

Para tener derecho a un permiso de maternidad retribuido, la asalariada debe encontrarse en situación contributiva o equivalente y haber trabajado durante un periodo mínimo, en función de la edad. Si la asalariada no cumple todos estos requisitos, tendrá derecho a percibir una ayuda por nacimiento.

Desde 2019, las prestaciones por maternidad y paternidad se han unificado en una única prestación denominada Ayuda por Nacimiento y Cuidado de los Hijos. La duración y la cobertura alcanzan los mismos derechos de prestación que los del permiso de maternidad.

Permiso de lactancia

Una vez finalizado el permiso de maternidad, la trabajadora tiene derecho a un permiso de lactancia de una hora diaria, hasta que el niño cumpla 9 meses. Esta hora puede dividirse en dos medias horas a tomar al principio y al final de la jornada. La tercera opción sería acumular las horas para disfrutar de días completos (aproximadamente 15 días naturales, según nuestro Convenio Colectivo).

Puede solicitarlo la madre o el padre, o ambos a la vez. No hay pérdida de salario, por lo que esta hora corre a cargo de la empresa. Sólo puede afectar proporcionalmente a la gratificación basada en la productividad individual o en la asistencia.

Licencia no retribuida por cuidado de hijos

Los trabajadores que tengan a su cargo un hijo menor de 3 años y cuenten con una antigüedad mínima de un año, pueden solicitar una excedencia por maternidad/paternidad no retribuida hasta que el hijo cumpla 3 años. Durante este periodo, la relación laboral quedará suspendida, por lo que no habrá ningún pago de salario ni de cotizaciones a la Seguridad Social por parte del empresario.

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